MULTAS

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La contribuyente ha manifestado a la Administración Tributaria que presento sus declaraciones de Impuestos extemporaneamente, por lo cual solicita se le exonere del pago de las multas e intereses. La Administración Tributaria le expresa a la Contribuyente que no existe norma expresa para eximir a un contribuyente del pago de intereses, multas o recargos derivados de incumplimientos.


12101-OPJ-153-2011