LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.

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LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS: Aprobada por Decreto Legislativo Número 856, de fecha quince de diciembre de dos mil diecisiete. Publicado en el Diario Oficial Numero 30, Tomo Número 418, de fecha 13 de febrero de 2018. El Artículo 168, de dicho Decreto, establece que la Ley anteriormente citada entrará en vigencia doce meses después de su publicación en el Diario Oficial.

LA CONSTANCIA FIRMADA POR EL JEFE DEL DIARIO OFICIAL: De fecha veintiocho de enero de dos mil diecinueve, dicho funcionario hce constar: Que el Diario Oficial No. 30, Tomo No. 418, de fecha martez 13 de febrero 2018, salió a circulación el día miércoles 21 de marzo de 2018, a las quince horas con quince minutos.  Así las cosas, la publicación Real del Decreto Legislativo Número 856, de fecha quince de diciembre de dos mil diecisite, es a partir del 21 de marzo 2018. El computo para la vigencia de la Ley, de la forma que prescribe el articulo 140, de la Constitución de la Republica, y los articulos 6,7, y 8 del Código Civil. No es la fecha del periódico Oficial, sino la fecha en que el periódico es puesto en circulación. El presente criterio ha sido externado por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia que dictó la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia identificada con la Referencia: 467-2006, de las catorce horas y cincuenta y cuatro minutos del día veintidós de noviembre de dos mil siete.

 Red: p.majano

 

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