BASE DE CALCULO PARA DETERMINAR SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATOS.

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jmajano escribió:( Opinión relacionada con la determinación de la base para el cálculo de multa).

La consultante ha expresado a la Administración Tributaria que se está ejecutando un proceso sancionatorio en su contra por incumplimiento de contrato, por lo que desea aclaración sobre la base o cantidad que debe servir de base para el computo de la multa correspondiente).

La Administración Tributaria ha brindado su opinión en los siguientes terminos: a partir del analisis efectuado al contrato suscrito entre la consultante y la contratante, observó que en la clausula Primera: Objeto y Precio del cotado documento, se establece que el PRECIO TOTAL del contrato era de ONCE MILLONES OCHOCIENTOS CUARNETA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. siendo sobre dicho valor sobre el cual, en virtud de lo dispuesto en el artículo 85 antes citado, asi como en la cláusula Trigésima Septima: Sanciones por mora del citado contrato, que debe efectuarse el cálculo de la sanción que corresponda, sin excluir cantidad alguna por no existitr disposición legal que establezca tal posibilidad.

12101-OPJ-0132-2012.