EL PAGO DE MEMBRESIAS.

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EL PAGO DE MEMBRESIA: El pago de membresias, cuotas u otros pagos semejantes aportados, derivan en un servicio induvidualizado, generado y activado, de manera indefectible a favor de cada asociado que lo paga, dicho servicios según lo establece el artículo 17 literal q), recae en el uso, goce o disfrute, tanto de bienes como de servicio; dependiendo de la naturaleza de la entidad económica, educativa, recreativa, etc. de que se trate.
 
12101-012-2010