APLICABILIDAD DE TABLAS DE RETENCION.

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APLICACION DE LAS RETENCIONES:
A los trabajadores que realicen trabajo dependiente en un periodo mensual a más de un empleador o patrono. Cómo se debe aplicar por cada patrono la retención DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

La renta obtenida por cada empleo o trabajo, sera sujeta de retención para efectos del impuesto sobre la Renta, para ello se deberá aplicar la tabla de renteción a las rentas de mayor monto o cuantía, es decir a las de mayor monto se les aplica la retención del 10% sobre las sumas pagadas o acreditadas.
 
Para los efectos anteriores, el Trabajador debe informarle a cada patrono o empleador sobre la existencia de más de un empleo, así como el monto de la renta respectivas de cada uno de ellos.
 
En el caso que las rentas obtenidas de los diferentes empleos sean de igual monto, el trabajador informará a su patrono a cuál de las rentas se le aplique la retención con base a las tablas de retención y a cuales les aplique retención del 10%. Esta información debe brindarla el trabajador en el mes de enero de cada año, y en caso de haberse dado cambio en las remuneraciones deberá brindar la información dentro de los quince días habiles siguientes a dichos cambios.
 
Los trabajadores que realicen trabajo dependiente y cambien de patrono en el transcurso o ejercicio impositivo, deben exigir a su anterior patrono la emisión y entrega de una constancia de retención para ser entregada a su nuevo patrono.
 
Esta Constancia debera ser expedida al trabajador a más tardar dentro de los quince días habiles siguientes de la fecha de su retiro.
Lo anterior conforme el Artículo 1, Letra h) del Decreto Ejecutivo Número 95, Publicado en el Diario Oficial Número 236, Tomo Número 409, del 22 de diciembre de 2015.
 
 
12101-OPJ-054-2013.