IMPUESTO ESPECIAL A LA PRIMERA MATRICULA DE BIENES.
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jmajano escribió:(consulta sobre la exención del Impuesto Especial Especial a la Primera Matricula de Bienes en el Territorio Nacional).
La Institución consultante manifestó a la Administración Tributaria, que ha presentado un trámite de registro de vehículo automotor a la Oficina respectiva. Pero que la diligencia le ha sido observada, aduciendo que previo al registro deben cancelarse el Impuesto a la Primera Matrícula.
12101-OPJ-155-2010.
La Institución consultante manifestó a la Administración Tributaria, que ha presentado un trámite de registro de vehículo automotor a la Oficina respectiva. Pero que la diligencia le ha sido observada, aduciendo que previo al registro deben cancelarse el Impuesto a la Primera Matrícula.
12101-OPJ-155-2010.