FEDATARIO.
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REF.74-2009.Sentencia de la Sala de lo
Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, de las ocho
horas cuarenta y siete minutos del día diecinueve de noviembre del año
dos mil nueve.
Por resolución de las
diez horas cincuenta y cuatro minutos del día quince de enero del año
dos mil ocho, la Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio
de Hacienda, sancionó con multa por infraccion cometida al
Código Tributario, el día cuatro de octubre del año dos mil seis, argumentando el infractor que la Administración Tributaria
ha vulnerado los artículos 2 inciso primero, 8, 11, y 103 de la Constitución
de la República, relacionado con el artículo 568 del Código Civil, al pretender privarle de bienes de su propiedad, al imponerle
ilegalmente una multa por infracción conforme al artículo 239 letra a)
del Código Tributario. La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, advierte a la Adminsitración Tributaria, que al contar con el escrito donde el supuesto infractor manifestaba las
pruebas documentales, se debió investigar, tal como lo
ha hecho el Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas,
el cual tampoco mencionó los resultados de la verificación realizada
por su Analista Tributario Contable.
REF:74-2009.