DIVIDENDOS PROVENIENTES DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS. DE R.L.

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La Asociación Cooperativa, tiene disfrute y goce de los beneficios de la Ley de Asociaciones Cooperativas, específicamente el estatuido en el artículo 72 letra a) del cuerpo normativo citado.
 
Que entre otras actividades se dedica al prestamo de dinero a interes a sus socios, realizando al final del año reparto de los mismos en concepto de dividendo.
 
En acopio a lo anteriormente expuesto, ha solicitado a la Administración Tributaria clarifique si los dividendos provenientes de la fuente antes mencionada y que entrega anualmente a los socios estan o no exentos del Impuesto sobre la Renta.


12101-OPJ-057-2012

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