DIPLOMATICOS
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Los Agentes y Representantes de las Misiones Diplomáticas gozan en El Salvador de la exención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios en concepto de adquisiciones de bienes muebles y servicios realizadas dentro del país, de conformidad con lo dispuesto en los tratados, convenios, convenciones o acuerdos internacionales vigentes suscritos por El Salvador, los cuales han sido incorporados a la Legislación interna, o bien con base en la más estricta reciprocidad internacional; lo cual es aplicable toda vez que los funcionarios diplomáticos estén debidamente acreditados en el país y que al momento de efectuar las adquisiciones, presenten la Tarjeta de Exención de IVA que al efecto extienda el Ministerio de Relaciones Exteriores en conjunto con el Ministerio de Hacienda.