RENDIMIENTO OBTENIDO EN MERCADO DE VALORES.

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jmajano escribio:(Tratamiento tributario de los rendimientos obtenidos en el mercado de valores de El Salvador para un intervencionista extranjero).

Han solicitado a la Administración Tributaria Opinión Jurídica en cuanto al impuesto que deberá pagar un inversionista extranjero sobre los rendimientos que obtenga cuando invierta en valores emitidos en el Mercado de Valores de El Salvador.

Tratamiento tributario en materia de Impuesto sobre la Renta: Los ingresos provenientes de inversiones en títulos valores por cualquier concepto, constituyen rentas obtenidas en El Salvador al cumplir cualquiera de los supuestos legales contenidos en el artículo 14-A y 16 inciso cuarto de la Ley de Impuesto sobre la Renta, el referido tratamiento tributario es aplicable a inversionistas extranjeros, domiciliados o no en el país. No quedan sujetas a dicho impuesto las rentas provenientes de títulos valores que hayan sido declarados no gravables mediante Decreto o Contrato del Organo Legislativo, según lo estipulado en el artíulo 4 numeral 1) de la Ley de Impuesto sobre la Renta, sólo en este caso no estarán sujetas a retención en concepto del citado impuesto, tal como se estipula en el artículo 97 del Reglamento de Aplicación del Código Tributario.

OPJ-NEX-0196-2012

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