Abril 2014

22 Abril 2014

FACTURACION A ZONA FRANCA.

Los parámetros para utilizar o no la tasa del cero por ciento estan definidos en la Ley del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios. Por lo tanto si la mercancia o artículos cumplen con el requisito de "necesidad", en estos casos gozan de la aplicación de la tasa del cero por ciento (0%) del Impuesto en comento.

OPJ-077-2011.

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07 Abril 2014

PAGO DE OBLIGACION TRIBUTARIA POR TERCEROS.

Conforme al Artículo 72 del Código Tributario, el pago de la obligación tributaria puede ser realizado por tercero quien no tenga relación directa con la misma. El tercero se subrogará sólo en cuanto al resarcimiento de lo pagado y a las garantías, preferencias y privilegios sustantivos. En estos casos solo podran pagarse tributos legalmente exigibles.


NEX-0102-2014.

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01 Abril 2014

LA PERCEPCION.

La percepción del 1 % regulada en el artículo 163 del Código Tributario constituye para los contribuyentes a quienes se les practica, un anticipo y un pago parcial del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios.  Bajo ese contexto, la naturaleza jurídica de la percepción, desde la perspectiva del destinatario es la de un anticipo al referido Impuesto.



OPJ-056-2006.

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