AUDITOR FISCAL.(sujeto no domiciliado).

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jmajano escribió:(opinion juridica relacionada con la obligación de contribuyentes no domiciliados de nombrar Auditor Fiscal).

La Contribuyente ha solicitado a la Administración Tributaria resolucion en la cual se determinen las razones de hecho y de derecho para pretender que una sociedad no domiciliada nombre Auditor Fiscal, únicamente por el hecho de exportar servicios a El Salvador.

La Administración Tributaria, ha brindado opinión: Que el artículo 131 del Código Tributario establece los supuestos que hacen surgir la obligación de nombrar auditor para dictaminarse fiscalmente: siendo éstos los siguinetes:

a) Que el sujeto ostente la calidad de contribuyente, la cual , de conformidad con el artículo 38 del Código Tributario, la adquiere quien realiza o respecto de quien se verifica el hecho generador de la obligación tributaria;

b) Que el sujeto haya poseído un activo total al treinta y uno de diciembre del año inmediato anterior al que se dictamine, superior a diez millones de colones o su equivalente en dólares;

c)Que el sujeto haya obtenido un total de ingresos en el año anterior superiores a cinco millones de colones o su equivalente en dólares.

El legislador tributario al establecer tales condiciones, no hizo distinción del tipo de contribuyentes(domiciliados o no domiciliados), ni especificó el tipo de ingresos que debían obtener (gravados, exentos o no sujetos), para cumplir con la citada obligación, razón por la cual debe entenderse que la misma es aplicable a todo aquél sujeto que cumpla con dichos requisitos sin hacer discriminación alguna.

Asimismo que en su Sistema Integrado de Información Tributaria, le aparece que la Sociedad Consultante, ostenta la calidad de contribuyente domiciliada, y que declaró como rentas gravadas durante el ejercicio impositivo del año dos mil ocho, la cantidad de (............), dando de esta forma cumplimiento a dos de los requisitos establecidos en el artículo 131 del Código Tributario, para encontrarse obligada a nombrar auditor para dictaminarse fiscalmente.


10001-NEX-0045-2012

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