COMPRA DE COMBUSTIBLE A TRAVÉS DE CUPONES.

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ASUNTO: Consulta relacionada con la aplicación de la retención del uno por ciento del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, en las compras de combustible por medio del sistema de cupones o vales.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA: El tratamiento que en materia de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (conocida como IVA), brindan las empresas distribuidoras de combustibles a las operaciones referiddas en la consulta, se encuentran regulados en el Instructivo Numero DG-020/93, de fecha 29 de enero de 1993.

El procedimiento establecido en el Instructivo relacionado, esta refereido a los casos de venta de cupones para adquirir combustible, señalandose en el mismo el procedimiento siguiente: El sujeto obligado a facturar es la concesionaria que hace efectiva la entrega de la gasolina al comprador de los cupones, mientras que la empresa vendedora de los mismos (la compañía petrolera o distribuidora de combustible) le facturaría al concesionario por sus entregas de gasolina.  

 

CUPON

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