SACOS Y TALEGAS DE FIBRA SINTETICA.

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Hasta mediados del año dos mil ocho, en El Salvador, se gravaban los sacos y las talegas de fibras sintéticas vacíos, de origen nacional o importados, con el  impuesto del ochenta por ciento (80%). La base imponible era un precio preferencial calculado por el Ministerio de Economía, tomando en cuenta el precio del saco de fibra burda en el mercado nacional. El Decreto Legislativo No. 648 Publicado en el Diario Oficial, el 27 de junio de 2008 eliminó este impuesto.


NEX-0511-2009.

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