TRATAMIENTO TRIBUTARIO A LOS COSTOS Y GASTOS.

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Los costos y gastos requieren para ser susceptibles de deducción, ostentatr ciertas caracteristicas: a) que sean necesarios, es decir, aquellos indispensables para la generación de utilidades gravadas o la conservación de su fuente; b) que su finalidad económica esté orientada a la obtención de rentas gravadas y la conservación de su fuente; c) que los costos y gastos en los que se incurra, se encuentren debidamente registrados y documentados en la contabilidad del contribuyente.

R1209034TM.
Ref:153-A-99. Contencioso Administrativo.

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