GRAVAMENES RELACIONADOS CON LA LEY DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS.
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jmajano escribió:( opinión de la Administración Tributaria sobre la aplicación del artículo 12 de la Ley de Gravamenes relacionados con el Control y Regulación de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Artículos Similares).
La consultante ha pedido a la Dirección General de Impuestos Internos, de la Administración Tributaria, le de opinión sobre forma que deberá efectuar el cálculo del impuesto ad-valorem del treinta por ciento (30%), regulado en la Ley de Gravamenes Relacionados con el Control y Regulación de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Artículos Similares, y la forma correcta de aplicar el impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, tomando en cuenta dicho impuesto ad-valorem.
OPJ-040-2013