GRAVAMENES RELACIONADOS CON EL CONTROL DE ARMAS DE FUEGO. (IMPUESTO ADVALOREM).

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pmajano escribio: Opinión Jurídica vertida por la Administración Tributaria, en relación a la forma en que se debe efectuar el cálculo del Impuesto Ad-valorem del (30%), regulado en el Artículo 12 Inciso Primero de la Ley de Gravámenes Relacionados con el Control y Regulación de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Artículos Similares.
 
A VIA DE EJEMPLO EL CALCULO DEBE EFECTUARSE DE LA SIGUIENTE FORMA:

Si el Precio de Venta  es de                $100.00
El Impuesto Advalorem causado será: $100x30%  = $30.00

IVA:                        =$130x13%       = $16.90

Valor de la Operación                         =$146.90


OPJ-040-2013.

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