DOBLE IMPOSICION.

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jmajano escribió:opinión brindada por la Administración Tributaria sobre la aplicación de disposiciones del Convenio entre la República de El Salvador y el Reino de España, para evitar la Doble Imposición y prevenir la Evasión Fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta y sobre el Patrimonio.

La consultante ha manifestado a la Administración Tributaria que se dedica a la comercialización y adecuación al cliente de productos y servicios en el ámbito de las comunicaciones y adecuación al cliente de productos y servicios en el ámbito de las comunicaciones de maquina a maquina y es filial de la empresa.(...), con residencia fiscal en Bizkaia, España Por lo que solicita se le indique qué requisitos debe cumplir para la aplicación de las disposiciones del Convenio suscrito entre la República de El Salvador y el Reino de España para evitar la Doble Imposicion y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, referente a beneficios empresariales, dividendos, intereses, cánones o regalías prestación de servicios y ganancias de capital.


OPJ-043-2013.

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