CONVALIDACION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS.

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LA CONVALIDACION DEL ACTO ADMINISTRATIVO:

Ismael Farrando y Patricia R. Martínez, en su obra Manual de Derecho Administrativo, exponen:  "La Convalidación que se haga frente a un acto anulable puede optar por sanear el vicio, dando validez plena al acto; o extinguirlo manteniendo la anterior validez por habilitación y dejándolo sin ninguna validez para el futuro.

Eduardo Gamero Casado en su obra monografíca acerca de "El Acto Administrativo", esboza acerca de la Convalidacion de los actos, lo siguiente: "La Convalidación es un acto administrativo por el que se subsanan los vicios de otro acto administrativo anterior.

Eduardo Garcia de Enterria, en su obra "Derecho Administrativo", Tomo I, Capitulo XI, Romano III, Numeral 4, denomina:"Convalidación, conversión e incomunicación de invalidez", al respecto opina:"La presunción de valides de los actos administrativos se traduce en un principio favorable a la conservación de los mismos.

Si se opta por sanear el vicio, la subsanación del defecto que portaba el acto y su correlativa validez es lo que se designa generalmente en doctrina con el nombre de saneamiento, convalidación o perfeccionamiento.

El Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas, en reiteradas resoluciones  ha sostenido que las facultades ejercidas mediante los requerimientos y solicitudes de información por parte de los Coordinadores de Grupo de Fiscalización de la Administración Tributaria, dentro del procedimiento de fiscalización, éstos puede perfectamente convalidarse, resultando dicha actuación pripia de actos administrativos anulables, que al advertir la Dirección General tal vicio y optar por conservar la actuación mediante la convalidación, con ello ésta se apega a la facultad discrecional con que cuenta.

INC. I0804017TM.

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