Marzo 2013

19 Marzo 2013

LA DISTRIBUCION DE REMESAS EN EL PAIS. CONSTITUYE EXPORTACION DE SERVICIOS.

jmajano escribió:(Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, de las once horas cincuenta minutos del día veintisiete de agosto del año dos mil doce. Estatuye que los servicios de distribución de remesas en el país, constituyen exportación de servicios).


159-2009.



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SERVICIOS DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE GRAVADO CON IVA.

jmajano escribió:(los servicios de agua están gravados con el 13% del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios. no existe exención legal). Desde que da inicio la prestación del servicio al no existir exención legal. En la relación entre contribuyente y consumidor final, el impuesto se entiende incorporado en el precio de las operaciones gravadas de conformidad al artículo 114 literal b) numeral 4) del Código Tributario, y en las operaciones realizadas entre contribueyentes, la cantidad del impuesto debe descargarse separadamente del valor de la operación en el Comprobante de Crédito Fiscal.


12101-OPJ-068-2009.

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18 Marzo 2013

RETENCION DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA SOBRE PREMIOS.


El Ciudadano ha consultado a la Administración Tributaria, que se desempeña como Diplomático acreditado en el país, que salio favorecido con un premio de la Loteria Nacional, y que por ello se le aplicó la retención del Impuesto sobre la Renta, que según la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, sobre los Privilegios e inmunidades señalados en los artículos 34 y 35 de la misma, en relación con el artículo 144 de la Constitución de la República, no debió la Loteria Nacional hacerle retención en concepto del impuesto en comento, solicitando a la Administración Tributaria la devolución respectiva.

La Administración Tributaria ha señalado que el artículo 34 literal d) de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas establece, que los Agentes Diplomáticos estan exentos de todos los impuestos y gravámenes personales o reales, nacionales, regionales o municipales, excluyendose de la citada exención, aquellos ingresos privados que tengan su origen en el Estado receptor, categoría dentro de la cual se incluye el premio obtenido por el consultente; razón por la cual dicho valor constituye ingreso gravado para efectos del impuesto sobre la Renta.

10001-NEX-061-2013.

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15 Marzo 2013

MULTA.

jmajano escribió: Sentencia del Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas, de las diez horas treinta y cinco minutos del día veintisiete de febrero del año dos mil trece. No supeditar la conducta a lo preseptuado en la ley, es procedente aplicacar la sancion correspondiente.


La Administracion Tributaria sanciono a la contribuyente por el hecho de no haber cumplido con la obligación formal de emitir y entregar factura de consumidor final del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, en apelación el Tribunal afirma todo lo actuado por la Administración Tributaria, expresando en síntesis que al no haberse supeditado la conducta al cumplimiento de la obligación formal de emitir la factura o documento equivalente autorizado, es procedente la sanción establecida en el artículo 239 liteal a) Código Tributario.




INC:H1202023TM




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11 Marzo 2013

EXENCION DEL IMPUESTO SOBRE TRANSFERENCIA DE BIENES RAICES.

 
 
Opinión jurídica..en relación al ordinal 6o del artículo 1 de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Raíces.








OPJ-0011-2013

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INVERSION EXTRANJERA.

jmajano escribió:(Opinión Jurídica de la Administración Tributaria en relación a los rendimientos obtenidos en el Mercado de Valores de El Salvador, por inversionistas extranjeros. 10001-NEX-0196.2012).

Tratamiento Tributario en materia del Impuesto sobre la Renta.


Los ingresos provenientes de inversiones en títulos valores por cualquier concepto, constituyen rentas obtenidas en El Salvador al cumplir cualquiera de los supuestos legales contenidos en los artículos 14-A y 16 inciso cuarto de la Ley de Impuesto sobre la Renta, el referido tratamiento tributario es aplicable a inversionistas extranjeros, domiciliados o no en el Salvador.

No estarán sujetas al impuesto, las rentas provenientes de títulos valores que hayan sido declarados no gravables mediante decreto o contratos aprobados por el Organo Legislativo, según lo estipulado en el artículo 4 numeral 1) de la Ley de Impuesto sobre la Renta, en consecuencia no estarán sujetas a retención de dicho impuesto de acuerdo  a lo establecido en el artículo 97 del Reglamento de Aplicación del Código Tributario.





NEX-0196-2012

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08 Marzo 2013

HECHO GENERADOR - BEBIDAS GASEOSAS.

jmajano escribió:( Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia. San Salvador, a las catorce horas y cuatro minutos del veintiocho de enero de dos mil trece. Ref: 127-2011. El hecho generador recae en la producción, importación e internacion.

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UTILIDADES.

Opinión sobre el tratamiento del Impuesto sobre la Renta que debe de aplicarse a las utilidades del ejercicio 2011, provenientes de utilidades generadas en el ejercicio dos mil diez.


327-2012

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INDEMNIZACION LABORAL.

El Inciso Segundo del Numral 3) del artículo 4 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, establece que deberan considerarse rentas no gravadas y por lo tanto excluidas del cálculo de la renta obtenida, las indemnizaciones por despido y bonificaciones por retiro voluntario, siempre que las mismas no excendan de un salario básico de treinta días por cada año de servicio.
 
Significa que para calcular la indemnización habra que establecerse cual es el salario básico de treinta días laborados por el trabajador, los sueldos o salario no son salario básico.
 
El Termino indemnización, enendido como resarcimiento de un daño o perjuicio, en materia laboral laboral todos los perjuicios derivados de la relación de trabajo que sufran las partes, de modo principal la parte trabajadora, se tienen que reparar mediante el pago de las indemnizaciones,
 
El término "indemnización". entendido como resarcimiento de un daño o perjuicio. En materia laboral, todos los perjuicios derivados de la relación de trabajo que sufran las partes, de modo principal la trabajadora, se tienen que reparar mediante el pago de las indemnizaciones, unas veces determinadas concretamente por la ley y otras estimadas vía judicial. En los casos de accidente o enfermedad del trabajador, despido injustificado, de falta de preaviso. Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, Manuel Ossorio.



La anterior definción, se enmarca en lo dispuesto en el artículo 58 del Código de Trabajo, el cual establece que cuando un trabajador contratado por tiempo indenifido, sea despedido de sus labores sin causa justificada, tendrá derecho a que el patrono le indemnice; con el pago de la indemnización  lo que se trata de resarcir es el agravio que ha causado el patrono al trabajador por la ruptura de la relación laboral. Por lo que una indemización constituye un ingreso clasificado como Renta No Gravada, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 4 numeral 3) inciso primero y segundo de la Ley de Impuesto sobre la Renta, condicionada únicamente al cumplimiento de los requisitos para su prodecencia, es decir, que exista una verdadera y efectiva ruptura de la relación laboral entre el empleador y el empleado, no permitiendo el término indeminización la evaluación de otros aspectos subjetivos, asimismo, la indeminización no debe exceder el límite regulado en el inciso segundo del numeral 3) del artículo 4 de la citada Ley.




A traves del Decreto Legislativo 236, de fecha diecisiete de diciembre del año dos mil nueve, cuya vigencia comenzó a partir del uno de enero de dos mil diez, se realizaron reformas a la Ley de Impuesto sobre la Renta, sin embargo, el inciso segundo del numeral 3) del artículo 4 de la referida ley, no sufrió modificación.


12101-0003-2013.








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