VENTA DE SERVICIOS A EMPRESAS AMPARADAS A LA LEY DE SERVICIOS INTERNACIONALES.

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Los servicios de transportación del personal que trabaja en los "call center" no se encuentra involucrado directa ni indirectamente con el normal desarrollo de los servicios de carácter internacional, deben pagar impuestos con tasa 13%, documentarlo con Factura de Consumidor Final o Comprobante de Crédito Fiscal.


12101-OPJ-159-2011

 

 

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