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jmajano(la Administración Tributaria establece los supuestos en que los sujetos pasivos de los Impuestos Administrados por la Dirección General de Impuestos Internos, se encuentran obligados a actualziar la información correspondiente a su dirección para recibir notificaciones, según lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 90 del Código Tributario).
CIRCULAR001-12