GASTO EN CAPACITACIONES RECIBIDAS POR PROFESIONALES CONTABLES.
- Detalles
- Categoría de nivel principal o raíz: Consultas
- Categoría: Consultas
- Visto: 3435
Las personas naturales, que obtienen rentas diversas en el país, tienen derecho a deducir de su renta imponible, lo erogado por servicios de Educación.
Las personas naturales, que obtienen rentas diversas en el país,
tienen derecho a deducir de su renta imponible la cantidad de $800.00
Dolares de los Estados Unidos de America, en dicho concepto. art. 33
literal b) de la Ley de Impuesto sobre la Renta.
12101-OPJ-126-2010