BIENES INTANGIBLES.

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MATERIA: IMPUETOS.IMPUESTO:SOBRE LA RENTA. RETENCION POR OPERACIONES CON INTANGIBLES O DERECHOS.

Hecho: Que del extranjero adquirirá discos compactos conteniendo programas software licenciado, para distribuirlo de manera exclusiva en El Salvador.

Consulta: Está o no obligado a efectuar la retención del 20% por concepto de anticipo a cuenta del impuesto sobre la Renta. 

Respuesta de la Administración Tributaria: manifestó al consultante que los discos compactos como tal constituyen bienes tangibles que sirven de soporte material necesario para la utilización de software.

En las adquisiciones de software, sin equivoco alguno se da la configuración del supuesto factico señalado en el artículo 158 del Código Tributario. lo anterior es una síntesis de la opinion jurídica vertida por la Dirección General, según documento identificado con la referencia, si desea ver el documento completo de un click al hipervínculo que aparece el apie de este articulo.

OPJ-210-2007.

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