OBLIGACION DE SUMINISTRAR INFORMACION.

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jmajano escribió:(Sentencia del Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas, de las catorce horas del día veintiocho de septiembre del año dos mil once, mediante la cual se establece la forma para  configurar la obligación de suministrar información a la Administración Tributaria, que se encuentra  prescrita en el artículo 125 del Código Tributario).

I1105011M

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