LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

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La Doctrina expone:"En terminos generaeles, que la responsabilidad es la situción en que se encuentra aquel que debe sufrir las consecuencias de un hecho que le es imputable y que causa daño.La responsabilidad solidaria para el caso de una deuda, se entiende como aquella que el acreedor exige la totalidad del pago a cualquiera de los individuos que son responsables solidarios. Dicho de otro modo el responsable solidario tiene obligación de resarcir la totalidad de lo recmamado pese a ue existen tambien otros deudores. (Margarita Lemelí Cerezo, Derecho Fiscal Represivo, Mexico, Porrúa, 1979, Pag.183).

escribio: P.Majano.

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